¿Estás planeando recibir a un amigo o familiar extranjero en España?
Si es así, es posible que necesites tramitar la carta de invitación, un documento esencial para quienes vienen de visita y se alojarán en viviendas privadas en lugar de hoteles o alojamientos turísticos (es decir, aquellos quienes se hospeden en alojamientos turísticos u hoteles no será necesario que soliciten una carta de invitación).
En Galilea Abogados, entendemos que este trámite puede parecer confuso y tedioso, pero estamos aquí para ayudarte a gestionarlo de manera eficiente, ahorrándote tiempo y evitando problemas. Sigue leyendo para conocer todos los detalles y cómo podemos asistirte.

¿Qué es la carta de invitación y quién la necesita?
La carta de invitación es un documento oficial emitido por la Policía Nacional de España, que permite a un anfitrión español o residente legal en España acoger a un visitante extranjero no comunitario en su vivienda por un máximo de 90 días. Es un requisito indispensable para quienes:
- Vienen de países no exentos de visado de entrada.
- No cuentan con reservas en hoteles o alojamientos turísticos.
Este documento garantiza que el visitante dispone de alojamiento durante su estancia en España, cumpliendo con uno de los requisitos esenciales establecidos por las autoridades migratorias.
Cómo solicitar la carta de invitación
El particular que pretenda obtener una carta de invitación a favor de un extranjero deberá dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, que será la competente para su tramitación y expedición.
La solicitud deberá contener los siguientes extremos:
- Datos del invitante: Nombre, apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de documento de identidad o pasaporte, domicilio o lugar completo de residencia.
- Manifestación expresa: La voluntad de invitar y acoger a la persona invitada en el domicilio principal o en una segunda vivienda, indicando el lugar específico.
- Documentación de la vivienda: Escritura pública, título de propiedad, contrato de arrendamiento u otro documento acreditativo.
- Relación con el invitado: Vínculo o relación entre el invitante y el invitado.
- Datos del invitado: Nombre, apellidos, nacionalidad, domicilio y número de pasaporte.
- Estancia prevista: Período aproximado de la estancia, especificando el primer y último día. (⚠️Esto es importante⚠️)
Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información proporcionada es verídica y reconoce que:
- El Código Penal sanciona con penas de prisión de 4 a 8 años a quien facilite la inmigración ilegal (art. 318.bis).
- La Ley Orgánica 4/2000 considera infracción muy grave promover la inmigración clandestina con ánimo de lucro, con sanciones de hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional.
Coste de la carta de invitación: tasas y detalles
El trámite de la carta de invitación implica dos tipos de tasas administrativas:
- Tasa por la autorización de expedición: En 2024, esta tasa asciende a 75,05 euros.
- Tasa por la expedición de la carta: Tiene un coste de 6,54 euros.
Nota: Los precios son actualizados anualmente mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
El pago puede realizarse en cualquier entidad bancaria, ya sea en efectivo o mediante un cargo en cuenta.
Documentación necesaria para solicitar la Carta de Invitación
El anfitrión debe presentar los siguientes documentos al momento de realizar la solicitud en la comisaría correspondiente:
- Identificación: Original y copia del DNI, NIE o pasaporte.
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Prueba de titularidad o alquiler de la vivienda: Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.
- Datos del invitado: Copia del pasaporte del visitante.
- Formulario de solicitud: Disponible en la comisaría de Policía.
- Tasas abonadas: Justificante de pago de las tasas correspondientes.
Es importante tener en cuenta que los requisitos y la documentación necesaria pueden variar según la provincia en la que te encuentres. Por ello, es fundamental contar con un despacho especializado en extranjería que pueda asesorarte y ayudarte a gestionar el trámite correctamente.
En Galilea Abogados, nos encargamos de verificar y preparar toda la documentación para garantizar que el trámite sea aprobado sin contratiempos.
Motivos comunes de denegación y cómo evitarlos
Aunque la carta de invitación es un trámite habitual, no está exenta de posibles rechazos. Las causas más frecuentes incluyen:
- Falta de empadronamiento del anfitrión en la vivienda.
- Tramitar varias cartas en un corto periodo de tiempo.
- Incumplimiento de obligaciones previas relacionadas con cartas de invitación.
- No acreditar la disponibilidad real de la vivienda.
¿Cómo evitar problemas? Con nuestro servicio, revisamos cuidadosamente cada aspecto de tu solicitud para garantizar el éxito en el trámite.
El plazo de resolución de la solicitud puede variar entre 7 y 14 días, dependiendo de la carga administrativa y de la provincia en la que se realice el trámite.
¿Por qué elegir Galilea Abogados?
Gestionar una carta de invitación puede ser un proceso engorroso, pero en Galilea Abogados lo hacemos fácil para ti. Nuestro servicio incluye:
- Asesoramiento personalizado: Resolvemos todas tus dudas y analizamos tu caso.
- Gestión completa del trámite: Desde la recopilación de documentos hasta la presentación.
- Seguimiento del proceso: Nos aseguramos de que todo avance según lo previsto, sin contratiempos.
Además, trabajamos de manera 100% online, por lo que puedes delegar este trámite desde la comodidad de tu hogar.
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📧 Email: administracion@galilea-abogados.es
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